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Análisis del país

Taiwán

Asia-Pacific · TW
Última actualización: 2026-08-04
Modelo de cumplimiento: Transmisión posterior a la emisión (eGUI) — obligatoria desde 2021
🇹🇼El Ministerio de Finanzas de Taiwán opera el eGUI como un modelo de transmisión posterior a la emisión: una factura es válida en cuanto llega al comprador, y la transmisión a la Plataforma de Facturación Electrónica del MOF es una obligación aparte y con plazo. El mandato se volvió universal el 1 de enero de 2021, cubriendo a toda entidad registrada a efectos del impuesto empresarial, tanto B2B como B2C. Una enmienda a la Ley del Impuesto Empresarial (3 de septiembre de 2024) fijó plazos de transmisión de 7 días (B2B) y 2 días (B2C), respaldados por multas de TWD 1.500-15.000. Desde el 1 de enero de 2026, el formato XML MIG 4.0 es el único formato eGUI válido. En septiembre de 2025, Taiwán se convirtió además en una Autoridad Peppol para la facturación transfronteriza.
Mandato de factura-e
B2G VOLUNTARIO Sin obligación de emisión B2G; los proveedores se adhieren a eGUI para facturar a organismos públicos
B2B VOLUNTARIO MOF: factura electrónica opcional; otros tipos de GUI permitidos según Art.7 de las UI Regulations
B2C VOLUNTARIO Mismo eGUI opcional; factura en la nube obligatoria solo para vendedores no residentes de servicios electrónicos
CASI TIEMPO REAL
eGUI upload
E-reporting
Datos eGUI subidos a la plataforma del MOF en 2 días (comprador no empresa) o 7 días; Ley IVA art. 32-1.
5 años
Archivado
Facturas y comprobantes 5 años; libros contables 10 (Commercial Accounting Act Art.38)
OBLIGATORIA
Firma digital
Art.5: los mensajes de plataforma deben firmarse con certificados de CA aprobados por MOF o gubernamentales
1 ene 2021
eGUI obligatorio para todas las entidades registradas a efectos del impuesto empresarial
7 / 2 días
Plazos de transmisión B2B / B2C (enmienda BTA, sept. 2024)
TWD 1.500-15.000
Rango de multas por transmisión tardía o inexacta
MIG 4.0
Único formato eGUI válido desde el 1 de enero de 2026
01

Cronología de cumplimiento

El sistema eGUI de Taiwán se construyó por etapas: obligaciones transfronterizas de IVA/eGUI para proveedores digitales extranjeros desde el 1 de mayo de 2017, el mandato nacional universal desde el 1 de enero de 2021, plazos de transmisión y sanciones formalizados mediante una enmienda a la Ley del Impuesto Empresarial en 2024, y el MIG 4.0 convirtiéndose en el único formato XML válido una vez que el período de transición de los formatos anteriores finalizó el 31 de diciembre de 2025.

2017
2017-05-01En vigor
El régimen de servicios digitales transfronterizos incorpora a los proveedores extranjeros al ámbito del IVA/eGUI

El Reglamento de Taiwán para la Recaudación del IVA sobre Servicios Electrónicos Transfronterizos Prestados por Empresas Extranjeras entró en vigor el 1 de mayo de 2017, exigiendo que los proveedores extranjeros de servicios digitales que superaran un umbral de registro se inscribieran a efectos del IVA y comenzaran a declarar, con obligaciones de emisión de Factura Uniforme Gubernamental electrónica (eGUI) para estos registrados en los años siguientes. Esto estableció la parte transfronteriza de lo que se convirtió en un mandato doméstico universal en 2021; no creó todavía ninguna obligación para las empresas nacionales.

2021
2021-01-01En vigor
El eGUI se vuelve obligatorio para todas las entidades registradas a efectos del impuesto empresarial

Desde el 1 de enero de 2021, todas las entidades registradas a efectos del impuesto empresarial en Taiwán -- nacionales y extranjeras -- deben emitir Facturas Uniformes Gubernamentales electrónicas (eGUI) en formato estructurado, cubriendo tanto transacciones B2B como B2C. Esta es la fecha clave del mandato universal: trasladó el eGUI de un requisito transfronterizo y de adopción gradual a una obligación general para toda la población de empresas registradas a efectos fiscales, administrada por la Plataforma de Facturación Electrónica del Ministerio de Finanzas (operada junto con la Agencia de Información Fiscal).

2024
2024-08-07En vigor
La enmienda de la Ley del Impuesto Empresarial fija plazos de transmisión y sanciones

Una enmienda a la Ley del Impuesto al Valor Agregado y No Valor Agregado (Business Tax Act), publicada el 3 de septiembre de 2024, formalizó los plazos de transmisión para los eGUI ya vigentes: las facturas B2B deben transmitirse a la plataforma del MOF dentro de 7 días naturales, y las facturas B2C dentro de 2 días naturales. También reforzó las sanciones por transmisión tardía o faltante y por datos de factura inexactos, con multas que van de TWD 1.500 a TWD 15.000 y sanciones crecientes por infracciones repetidas. Se trata de un cambio procedimental y de cumplimiento -- no altera quién está cubierto por el mandato universal de 2021.

2026
2026-01-01En vigor
El MIG 4.0 se convierte en el único formato válido de eGUI

La Guía de Implementación de Mensajes (MIG) versión 4.0 se introdujo como el nuevo estándar de formato XML para el eGUI a partir del 1 de enero de 2024, funcionando en paralelo con los formatos MIG 3.1/3.2 anteriores durante un período de transición. Ese período de transición finalizó el 31 de diciembre de 2025 -- desde el 1 de enero de 2026, ya no se aceptan las presentaciones en MIG 3.1/3.2 y el MIG 4.0 es el único formato válido para la transmisión de eGUI. Se trata de una actualización técnica de formato, no de un cambio en quién está cubierto por el mandato.

02

Formato de archivo y especificación de datos

Un eGUI conforme debe emitirse en el formato XML MIG 4.0 vigente -- los formatos anteriores MIG 3.1/3.2 se retiraron el 31 de diciembre de 2025 y ya no se aceptan. Las facturas se transmiten a la Plataforma de Facturación Electrónica del Ministerio de Finanzas, operada junto con la Agencia de Información Fiscal (FIA).

Formato y estándar

FormatoXML de la Guía de Implementación de Mensajes (MIG) 4.0 -- el único formato eGUI válido desde el 1 de enero de 2026
Formato heredadoMIG 3.1/3.2, permitido durante un período de transición hasta el 31 de diciembre de 2025, ahora retirado
Plataforma de reportePlataforma de Facturación Electrónica del Ministerio de Finanzas, operada con la Agencia de Información Fiscal (FIA)
Base legalLey del Impuesto al Valor Agregado y No Valor Agregado (BTA), enmendada el 7 de agosto de 2024 / publicada el 3 de septiembre de 2024

Confirme que la salida eGUI de su sistema de facturación o ERP ha completado la migración a MIG 4.0 -- las presentaciones en MIG 3.1/3.2 se rechazan de forma directa desde el 1 de enero de 2026.

Identificadores y registro

Registro empresarialNúmero Uniforme de Empresa de Taiwán, registrado a efectos del impuesto empresarial
Vía de registroPlataforma de Facturación Electrónica del Ministerio de Finanzas, o un socio de facturación/software certificado
Proveedores digitales extranjerosSe registran bajo el régimen de IVA de servicios electrónicos transfronterizos una vez superado el umbral de registro
Organismos responsablesMinisterio de Finanzas (MOF) y Agencia de Información Fiscal (FIA)

Las empresas extranjeras sin presencia en Taiwán deben confirmar que su agente local o socio de facturación certificado está registrado y presenta declaraciones en su nombre.

Contenido obligatorio

Formato estructurado requeridoXML MIG 4.0 -- los PDF y otros formatos no estructurados no califican como eGUI válidos
Campos principalesIdentificadores de emisor/comprador, secuencia numérica de la factura, detalle de venta desglosado, importe del IVA
PlazoDebe transmitirse dentro de 7 días (B2B) o 2 días (B2C) desde la emisión

El requisito de plazo de transmisión se suma al requisito de formato -- un eGUI con formato correcto pero transmitido tarde sigue siendo un incumplimiento.

Conservación

Dos plazos distintosFacturas y comprobantes cinco años; libros contables diez, según el art. 38 de la Ley de Contabilidad Mercantil. Guardarlo todo cinco años no es cumplir.
ConservaciónSe aplican las reglas estándar de conservación contable de Taiwán -- confirme el período vigente con un asesor fiscal
FirmaExigida. La firma forma parte de lo que da validez al documento almacenado, así que debe sobrevivir intacta al archivo.
03

Alcance y transmisión

El mandato cubre a toda entidad registrada a efectos del impuesto empresarial en Taiwán -- nacional y extranjera, B2B y B2C -- desde el 1 de enero de 2021. Los proveedores extranjeros de servicios digitales que venden a Taiwán están, por separado, dentro del ámbito del registro de IVA transfronterizo y la emisión de eGUI desde el 1 de mayo de 2017, una vez superan un umbral de registro. La adopción de Peppol como Autoridad en septiembre de 2025 añade una opción voluntaria de intercambio transfronterizo sobre el mandato doméstico existente; no cambia quién está obligado a emitir eGUI.

Quién está incluido, y desde cuándo

Entidades nacionales registradas a efectos del impuesto empresarialCubiertas desde el 1 de enero de 2021, B2B y B2C
Proveedores extranjeros de servicios digitales (sobre el umbral)Cubiertos para IVA/eGUI transfronterizo desde el 1 de mayo de 2017
Vendedores transfronterizos vía PeppolVoluntario desde el 22 de septiembre de 2025 -- no es un requisito obligatorio

La adopción de Peppol como Autoridad en 2025 es explícitamente voluntaria -- añade una opción de intercambio internacional junto al mandato doméstico en lugar de sustituirlo o ampliar quién debe cumplir.

Contexto transfronterizo: adopción de Peppol

AutoridadAgencia de Industria Digital (bajo el Ministerio de Asuntos Digitales)
Adoptado22 de septiembre de 2025
EstadoVoluntario -- las especificaciones Peppol localizadas siguen en desarrollo
Miembros de la red mencionadosAustralia, Japón, Malasia, Nueva Zelanda, Singapur, Reino Unido

Los seis miembros de la red Peppol mencionados son jurisdicciones seguidas por separado en este seguimiento de cumplimiento -- vale la pena revisarlo si ya intercambia facturas electrónicas con alguno de ellos.

El flujo de emisión y luego transmisión

Un eGUI de Taiwán recorre esta secuencia -- observe que se trata de reporte posterior a la emisión, no de aclaración en tiempo real:

eGUI emitido al comprador en formato estructurado MIG 4.0Válido de forma inmediata -- no requiere aprobación previa del MOFTransmitido a la Plataforma del MOF dentro de 7 días (B2B) o 2 días (B2C)El MOF cruza las facturas transmitidas con las declaraciones de IVA presentadas

La factura ya es legalmente válida en cuanto llega al comprador -- no se solicita la aprobación previa del MOF, a diferencia de los mandatos de modelo de aclaración cubiertos en otras partes de este seguimiento (Colombia, Argentina, Jordania).

04

Cómo cumplir

Prepararse significa confirmar que su sistema de facturación o ERP ya migró su salida de eGUI a MIG 4.0 (obligatorio desde el 1 de enero de 2026), incorporar en su flujo de trabajo los plazos de transmisión de 7 días (B2B) y 2 días (B2C), y -- si es proveedor extranjero de servicios digitales -- confirmar su estado de registro de IVA transfronterizo.

Confirme que está cubierto -- prácticamente toda entidad registrada a efectos del impuesto empresarial lo está

Las entidades nacionales B2B y B2C están cubiertas desde el 1 de enero de 2021; no existe una excepción para pequeñas empresas como en otros mandatos.

Confirme que su salida eGUI ha migrado a MIG 4.0

Las presentaciones en MIG 3.1/3.2 se rechazan de forma directa desde el 1 de enero de 2026 -- si su sistema de facturación o ERP no se ha actualizado, las transmisiones fallarán.

Incorpore el plazo de 7 días / 2 días a su flujo de trabajo

Los eGUI B2B deben llegar a la plataforma del MOF dentro de 7 días desde la emisión, los B2C dentro de 2 días -- trátelos como plazos estrictos con multas asociadas, no como objetivos flexibles.

Proveedores extranjeros de servicios digitales: confirmen su registro de IVA transfronterizo

Si vende servicios digitales a Taiwán por encima del umbral de registro, confirme que su registro de IVA y sus obligaciones de emisión de eGUI están al día -- esta vía se aplica desde 2017, aparte del mandato doméstico de 2021.

Siga de cerca los desarrollos de Peppol si comercia con otros miembros de la red

La adopción de Peppol como Autoridad por Taiwán en septiembre de 2025 es voluntaria hoy, pero vale la pena seguirla si ya intercambia facturas electrónicas con Australia, Japón, Malasia, Nueva Zelanda, Singapur o el Reino Unido.

05

Sanciones y aplicación

Taiwán respalda sus normas de facturación electrónica con multas bajo la Ley del Impuesto Empresarial enmendada: TWD 1.500-15.000 por transmisión tardía o faltante, con sanciones crecientes por infracciones repetidas, y exposición adicional por datos de factura transmitidos de forma inexacta.

06

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